Deuda histórica: frustración docente por barrera digital y judicial al pago
En enero de este año, el Gobierno promulgó la ley que entrega una solución a la Deuda Histórica Docente, la que contempla un pago, por única vez, de $4,5 millones a cada persona afectada, lo que beneficiaría a cerca de 57 mil docentes por la llamada Deuda Histórica, generada entre los años 1980 y 1987.
Existirán seis períodos de pago, en consideración a los cupos disponibles por año priorizados según criterio de edad, comenzando con las personas de mayor edad a las de menor edad. A cada grupo se pagará en 2 cuotas, la primera en octubre del año respectivo y la segunda en enero del año siguiente al inicio de su pago.
El aporte será transmisible por causa de muerte si el o la docente fallece después de entregar los antecedentes que permitan confirmar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, en caso de que no alcance a percibir de manera íntegra este aporte.
Este 5 de marzo de 2025 se publicó la resolución exenta que contiene los plazos del proceso de entrega de antecedentes que todas y todos los docentes deben aportar al Mineduc para cumplir los requisitos establecidos en la ley. Para ello, hay una plataforma en la web https://soluciondeudahistorica.mineduc.cl, donde los docentes tendrán que realizar estos trámites, hasta el 31 de diciembre de 2026. Aquí comenzaron los problemas, debido a la distancia entre la generación de personas que deberían recibir los dineros de la compensación y el mecanismo establecido por el gobierno.
Blanca Rojas, encargada Valparaíso del departamento de profesoras y profesores y de la deuda histórica del Magisterio, lo explica: "Por ejemplo, se encontró la señora, me dice, "Profesora, mire, yo hice el trámite, ingresé mis datos y la plataforma me dijo, "Tú no estás." Y no me permitió continuar. Entonces, eso tampoco debiera ser. El reglamento dice que son beneficiarios todos los profesores los que aparecen en los registros que guardó el ministerio y que fueron rectificados en algún momento, porque los profes tuvieron la posibilidad de llegar, pero también fue virtual. y muchos de ellos no, seguramente no lo hicieron. Entonces, hoy día le dicen que tienen que acreditar que son beneficiarios y para acreditar hay que subir documentos a la plataforma. Entonces también es otro problema porque algunos necesitan apoyo, si tienen el documento en papel tienen que escanearlo y si no saben escanear, si no saben convertir en PDF, o sea, es un montón de dificultades y allí debieran estar no solos, uno que puede moverse de vez en cuando, sino que apoyando a sus profesores", apuntó.
Además, la resolución fija el 15 de junio de 2025 como la fecha de corte para la recibir los documentos de las personas que serán parte del primer grupo de pago. También la dirigente considera que han existido una serie de barreras para poder acceder a cumplir con el pago, lo cual genera preocupación. Y por eso, pide compromiso de las autoridades para poder conseguir que se entreguen las reparaciones.
Para realizar el pago, las y los profesores deberán ingresar datos y enviar documentos en la plataforma, soluciondeudahistorica.mineduc.cl, para lo cual deben tener: La Clave Única que entrega el Registro Civil. Un correo electrónico de acceso permanente, a través del cual el Mineduc enviará información sobre el avance del proceso.
Dentro de los documentos que se señalan, para el caso de los docentes que demandaron al Estado por la deuda histórica, deben incluir una carta de desistimiento al tribunal respectivo, que en algunos casos son tribunales internacionales, lo que hace aún más difícil la incorporación al pago.
"Yo lo veo muy complicado porque no ha habido una respuesta del ministerio. Están en ese trámite y que todo lo que vayamos encontrando se lo vayamos planteando para que el ministerio busque las soluciones. Lo que hemos conversado es que es muy complejo porque hay que llegar a la Corte Interamericana y el profesor solo no puede. Una señora me decía que no diga que hay que hacer, si tenemos que ir a hacer una declaración notarial. Yo estoy dispuesta, pero sabe qué pasa, que la declaración notarial no es lo que le piden. Lo que le piden es un documento, que el Tribunal haya resuelto y haya emitido un certificado aprobando el desistimiento" dijo.