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Contraloría frenó aprobación de normas del PREMVAL en borde costero norte

28/12/2021
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Una serie de reparos técnicos presentó la Contraloría General de la República al Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso, cuestionando que no se ajusta a una serie de normativas legales y términos ténicos. 

Mediante oficio, la Contraloría Regional de Valparaíso remitió a nivel central la resolución N° 89, de 2021, del correspondiente Gobierno Regional, que promulga el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Norte, instrumento de planificación territorial que fue representado, es decir, no se dio su aprobación administrativa.

Según el dictamen, se cuestiona que "respecto de la firma del profesional especialista que elaboró el Estudio de Riesgo. Esto por cuanto dicho estudio nuevamente no viene firmado, sino que se acompaña con una carta suscrita por una persona distinta -Gerente de Calidad y Negocios de la consultora INERCO- al geógrafo que lo realizó".

A su vez, se apunta a "la discordancia de la clasificación de las actividades de impacto intercomunal, por cuanto en el artículo 5° de la Ordenanza del Plan (OP) se detallan con dicho impacto a las actividades productivas e infraestructura calificadas como molestas, insalubres o contaminantes y peligrosas. Sin embargo, en el capítulo 3 de la OP se reconoce solamente con dicho impacto a la infraestructura sanitaria", el punto es que debe referirse a si se admite o no.

Además, "del tenor del citado artículo 5° de la Ordenanza del Plan, no es posible determinar si tienen el mismo impacto intercomunal las actividades productivas e infraestructura del tipo inofensiva".

También se cuestiona en el PREMVAL que señale respecto a que los indicadores de normas urbanísticas "se considerarán respecto de la superficie del terreno o respecto de la superficie que se entregue en concesión marítima”, lo que Contraloría cuestiona, ya que según el ente, se regula "una materia que no es propia de la competencia de los planes reguladores intercomunales".

Además, se cuestiona que ni siquiera la denominación del instrumento es correcta, ya que en el resuelvo de la resolución, como en la Ordenanza, en el Plano y en la Memoria Explicativa, el instrumento de planificación territorial se identifica como “Modificación del Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Norte”, no obstante que mediante el resuelvo N° 1 se viene derogando el “Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso, Comunas de Puchuncaví, Zapallar, Papudo, La Ligua, Satélite Borde Costero Norte” y modificaciones.

También se cuestiona que no se establezcan las denominaciones correctas, ya que se aplican normativas a zonas de riesgo y áreas verdes donde no correspondería, "se omite señalar los usos de suelo prohibidos y se observa que con la incorporación del Santuario de la Naturaleza Humedal Salinas de Pullally - Dunas de Longotoma, como un área de protección de recursos de valor natural, ubicado al poniente de la comuna de la Ligua, se eliminó la zona de protección costera ZPC", agrega el ente contralor.

Además, Contraloría cuestiona que no existan fundamentos "para que en las superficies totales de áreas de Extensión Urbana establecidas en el Plan, se hayan disminuido las superficies de áreas verdes intercomunales y de la zona de protección costera, respecto de las comunas de La Ligua y Papudo, reduciendo así el total del área de extensión urbana intercomunal del plan". 

"En lo meramente formal, cabe señalar que el monumento nacional se denomina Sitio Balneario Popular y Campo de Prisioneros Melinka-Puchuncaví” y no como se indica en la memoria explicativa del PREMVAL". 

"En mérito de lo expuesto, y habida cuenta de que la Administración, al corregir el documento de que se trata, debe revisar la totalidad de sus disposiciones, a fin de armonizar su contenido con la normativa y los criterios ya establecidos por esta Entidad de Control en la jurisprudencia administrativa, procede que esa Contraloría Regional represente la resolución N° 89, de 2021, del Gobierno Regional de Valparaíso", finaliza el ente contralor.

Fuente: Contraloría, puede revisar el informe aquí.