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Armada deberá entregar hoja de vida de su ex CJ y actual convencional Jorge Arancibia

15/11/2021
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En una resolución por solicitud de acceso a información pública, la Armada de Chile deberá entregar la hoja de vida institucional que resume los 44 años de carrera militar de Jorge Arancibia Reyes, ex comandante en jefe de dicha institución.

La solicitud fue por parte de La Pública, organismo y medio de comunicación que se dedica a investigar las posibilidades de la ley de Transparencia y acceso a la información pública, para obtener la información institucional del actual constituyente por el Distrito 7.

La solicitud para acceder a la hoja de vida fue ingresada en mayo de 2021 por esta organización sin fines de lucro que promueve el uso ciudadano de la Ley de Transparencia. En principio, cuando fue notificado de esta solicitud, el ex funcionario naval manifestó su oposición a que la hoja de vida sea pública y pidió a la Armada que ésta “se incinere o se resguarde”.

La presente resolución viene a confirmar un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que data del año 2020, que rechazó el reclamo de ilegalidad (Rol Nº 593-2019) presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación de la Armada de Chile, que buscaba evitar la entrega ordenada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) de las hojas de vida de los ex almirantes Miguel Vergara Villalobos, Edmundo González Robles, Rodolfo Codina Díaz, Jorge Arancibia Reyes y Enrique Larrañaga Martin, previo tarjado de información personal contenida en dichos documentos (roles C2948-19, C2949-19, C2951-19, C2953-19 y C2954-19).

El fallo del tribunal de alzada ratificó lo dicho por el Consejo y estableció que la entrega de la información solicitada no pone en riesgo la integridad territorial, institucional, ni la defensa de la patria frente a ataques externos.

La Corte, al igual que el Consejo Directivo del CPLT, desestimó que la publicidad o difusión que se pueda dar a las hojas de vida de funcionarios de entidades de las Fuerzas Armadas y Carabineros, afecten las funciones del órgano, Seguridad de la Nación e interés nacional, los derechos de las personas, la vida privada o el derecho a la honra de los funcionarios.

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