Se realizaron alegatos en Tribunal Constitucional para analizar si se abre causa y se debaten condenas en caso 21 de mayo en Valparaíso
Este martes 11 de septiembre, se realizaron los alegatos de admisibilidad en el TC en el caso de la muerte del funcionario municipal Eduardo Lara.
El caso data del 21 de mayo del año 2016, y podría ser resuelto en el TC, luego que la Defensoría Penal Pública de Valparaíso, con las representaciones de los condenados Nicolás Bayer Monnard, Hugo Barraza Araya y Felipe Ríos Henríquez, ingresaran un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el órgano judicial.
El recurso apela a un debate que se dio durante todo el proceso: el uso por parte de la Fiscalía de Valparaíso de pruebas obtenidas a través del Sistema de Inteligencia del Estado, para poder individualizar y relacionar a una parte de los seis condenados en el caso. El escrito, apela a la ley que regula el Sistema de Inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia, norma que señala la posibilidad que sus actividades e informaciones generen alguna afectación en ciertas garantías constitucionales, pero enfatiza que dicha información no puede ser utilizada “para obtener antecedentes probatorios en el proceso penal”.
El texto, ingresado por la Defensoría Penal Pública ante el Tribunal Constitucional, señala que si existe la utilización de pruebas de inteligencia en el proceso, entonces debe ser autorizado judicialmente, además de informar medios utilizados para la práctica de inteligencia, individualización de medios y de las personas a las que se aplica. La Defensoría argumentó que no hubo ni autorización de tribunales, ni la información del contexto de investigación.
Este argumento presentado en el escrito fue ratificado a por el abogado de la Defensoría Penal Pública, Cristián Sleman.
Se argumenta además que dichas pruebas buscaban “establecer la identidad de los autores que actuaron a rostro cubierto provocando el incendio del día 21 de mayo del 2016”.
La abogada representante de la Intendencia de Valparaíso, Ximena Risco, señaló que el contenido del informe entregado al Ministerio Público fue obtenido por indagatorias regulares de organismos policiales y por no ser de indagatorias especiales, no aplicarían los controles normativos invocados.
El abogado representante del Ministerio Público, Hernán Ferrera, señaló que debería ser declarado inadmisible el recurso, debido a que la información de inteligencia no requirió de la ley respectiva.
Está pendiente la vista de los recursos de nulidad presentados ante la Corte Suprema, si el requerimiento es considerado admisible, la causa en la Corte Suprema estará sin resolverse hasta que el TC se pronuncie.