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Diario RVL

Caso Sol Millakura: Juzgado laboral acreditó "afectación de su integridad psíquica"

11/08/2026
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El Juzgado de letras del trabajo de Valparaíso acogió en parte la demanda de tutela laboral presentada por Sol Millakura, quien era funcionaria de la Secretaría regional ministerial de Salud.

La acción fue presentada en junio del año 2025 y entre sus argumentos fundamentales, la parte demandante la fundó en "la lesión de las garantías consagradas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, numerales 1°, en cuanto a su integridad psíquica".

Según el fallo, que es posible leer aquí, "se tuvo por acreditada la vulneración de la garantía consagrada en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República, en razón de la falla estatal en el reconocimiento oportuno y estable del nombre social y, luego, del nombre y sexo registrales de la parte demandante, es decir exclusivamente a la afectación de su integridad psíquica derivada de la deficiente e inoportuna respuesta institucional ya razonada", hechos que tiene que ver con el reconocimiento de la identificación de nombre registral de Millakura. 

El fallo explícitamente aclara que la acción fue "desestimada en todo lo demás, esto es, en cuanto a la discriminación por identidad de género, la discriminación por condición de salud, el acoso laboral y el trato denigrante, y el término mismo del vínculo como acto discriminatorio autónomo", aspectos que habían sido parte de la presentación original que determina la acción de Millacura contra la seremi de Salud, cartera regional en ese entonces a cargo de Lorena Cofré, quien en los últimos días recibió una resolución a su favor de parte del Tribunal regional del Frente Amplio, porque no se  logró acreditar la existencia de discriminación en el procedimiento interno que motivó el caso.

Uno de los aspectos que llevó a acoger la presentación, está señalada en el fallo, apuntando a que dentro de dicha repartición hubo "falta de un decurso expedito para que el nombre social de la demandante fuera empleado de inmediato en el trato cotidiano y en las comunicaciones institucionales que no requieren de rectificación de partida alguna, tales como correos, encuestas, citaciones, documentos de gestión interna, cuestión que no depende de trámite legal previo, una vez presentada la rectificación de partida en febrero de 2025, la corrección no se produjo de manera oportuna ni completa a los demás sistemas que legítimamente dependen de ella, ni menos expedita, quedando el campo género sin implementar durante el resto de la vigencia del vínculo y replicándose el nombre anterior en comunicaciones automatizadas ajenas a la gestión directa de la Seremi". El abogado Diego Olmos, destacó la resolución presentada, "Se reconoce que hubo una vulneración de derechos en contra de Sol", dijo. 

La acción judicial fue presentada en junio del 2025, cinco meses antes que Sol Millakura cometiera suicidio, de hecho este lunes hubo una velatón de personas cercanas y compañeras de trabajo en el bandejón de Avenida Brasil para recordarla. Al momento del hecho, se abrió un duro debate acerca de si existió un vínculo directo con los episodios vividos por la exfuncionaria en esa repartición pública. El tema llegó a tal punto que la misma Lorena Cofré debió dejar su cargo en la seremi de Salud y posterior a eso, presentó una querella por injurias contra los dirigentes gremiales de la cartera, debido a que apuntaron hacia ella como responsable de maltrato y discriminación. En una primera instancia, la causa fue sobreseída en el Juzgado de garantía, desechando responsabilidad en esas personas, pero esto fue apelado y este miércoles se realizará una audiencia de juicio oral simplificado para resolver si hay responsabilidad penal en la materia.