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Consejo para la trasparencia ordena al Municipio informar sobre sueldos APS

30/03/2026
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El Consejo para la Transparencia dictó un plazo de cinco días para que la CMVM entregue importantes actas y resoluciones, bajo apercibimiento de sanción económica directa contra la alcaldesa y presidenta del directorio.

Con fecha 26 de marzo de 2026, en el conflicto entre la administración de Viña del Mar y sus funcionarios de la salud, el Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenó a la Corporación Municipal (CMVM) la entrega inmediata de los antecedentes que la alcaldesa Macarena Ripamonti, en su calidad de presidenta del directorio, se había negado a transparentar. Se interpreta que esta decisión y avala la tesis de la defensa de los trabajadores sostenida en tribunales, sobre ocultamiento de información por parte de la Corporación Municipal de Viña del Mar.

La decisión del organismo autónomo (Rol C12977-25) establece un plazo máximo de cinco días hábiles para la entrega de la información. De persistir en la negativa, la alcaldesa arriesga una sanción económica personal que va desde el 20% al 50% de su remuneración mensual, que supera los $8.000.000, multa que podría incrementarse en caso de reincidencia.

Este requerimiento de información se da en el marco del recurso de protección interpuesto por 453 trabajadores de la salud primaria (APS). La defensa solicitó estos antecedentes como piezas relevantes para fundar y robustecer su estrategia jurídica ante los tribunales, al tratarse de insumos documentales sustanciales.

Esta resolución representa el primero de un total de ocho amparos o reclamos presentados ante el CPLT por la defensa de los trabajadores. El avance de estas acciones administrativas coincide con la etapa procesal que se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema, tribunal que deberá conocer y resolver las apelaciones presentadas tanto por el municipio como por la Corporación tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

La defensa de los 453 trabajadores señala que no es solo una falta administrativa, sino que obedece a un ocultamiento deliberado de información y una manifiesta mala fe procesal. Al respecto, el abogado Tomás Palacios, del estudio Del Villar, argumentó: "Esta decisión del Consejo ratifica lo que hemos venido denunciando ante la justicia: no estamos ante errores aislados, sino ante una estrategia dirigida de ocultamiento para privar a los trabajadores de evidencia sustancial en el juicio. La transparencia no es opcional para la autoridad y hoy se ha dado un paso decisivo para exponer la verdad de los hechos".

En este sentido, los asesores legales han hecho presente que estos hechos podrían configurar eventuales delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, antecedentes que están siendo evaluados para ser puestos a disposición de las instancias correspondientes.

Con esta orden del CPLT, la Municipalidad y la Corporación Municipal de Viña del Mar, presidida por la alcaldesa Ripamonti está obligada a transparentar los antecedentes bajo riesgo de ver afectado su propio patrimonio mediante las multas que establece la Ley de Transparencia. Asimismo, la defensa adelantó que en las próximas semanas se conocerá el resultado de los restantes siete reclamos que aún se tramitan ante el Consejo y que señalan reponden al mismo patrón de denegación de información.