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Seremi Juan Pablo Álvarez explica Sistema de Financiamiento de la Educación Superior, FES

20/08/2025
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El proyecto de ley que reorganiza y condona deudas educativas y crea un nuevo Financiamiento para la Educación Superior (FES) es parte de las prioridades legislativas del Gobierno para este año.

El proyecto tiene dos aspectos clave:
I.    Nuevo Financiamiento Público para la Educación Superior (FES)
El nuevo instrumento de Financiamiento Público para la Educación Superior (FES) permitirá cursar estudios en instituciones de educación superior chilenas que accedan al nuevo instrumento de financiamiento, sin que tengan que preocuparse por pagar la matrícula o el arancel de su carrera mientras estudian.

Estará disponible para todas y todos los estudiantes que lo necesiten. En el caso de instituciones adscritas a gratuidad, cubrirá a estudiantes desde el séptimo decil de ingresos y beneficiará a estudiantes de todos los deciles en el caso de instituciones que no acceden a gratuidad.

Será de adhesión voluntaria y no requerirá la acreditación de requisitos socioeconómicos ni de puntajes PAES. Las instituciones de educación superior podrán cobrar un monto adicional a las y los beneficiarios del 10% de mayores ingresos.

Las y los beneficiarios comenzarán a retribuir al FES un año después del egreso o interrupción de estudios. Esta retribución dependerá del ingreso y se calculará como porcentaje del sueldo, con un máximo de 8%, estableciendo un tramo exento de $500 mil mensuales.

La retribución se realizará de esta forma: 
•    Las personas que perciban ingresos en promedio inferiores a 7,5 UTA (aproximadamente $500.000 pesos mensuales) quedarán liberadas de retribuir (exentas). 
•    Quienes posean ingresos iguales o mayores a 7,5 UTA (aproximadamente $500.000 mensuales) retribuirán de acuerdo con tramos progresivos y contingentes a la renta. 
•    Independiente del resultado que arroje el cálculo de la retribución, está no podrá exceder el 8% de los ingresos declarados. 
La retribución de estos recursos se realizará durante un período equivalente a dos años por semestre cursado. Es decir, si un estudiante cursó dos años, que corresponde a cuatro semestres, retribuirá durante ocho años. Si una carrera dura cinco años, equivalente a diez semestres, la retribución durará veinte años. 
Durante la discusión en la Comisión de Hacienda, el Ejecutivo presentó indicaciones que modificaron el proyecto de ley:
•    Flexibilización: Los estudiantes podrán elegir si desean financiar el 50%, 75% o 100% de su arancel regulado con el FES. Esto permitirá a las familias aportar directamente si así lo desean y a los estudiantes asumir una menor carga de retribución.
•    Tope a la retribución: si una persona ha pagado el equivalente a 3,5 veces el arancel regulado vigente de su carrera y ha cumplido con el 90% del plazo de retribución, podrá postular a extinguir su obligación de pago
•    Cupos para el FES: el proyecto ya establecía que todos los estudiantes que actualmente tienen CAE, Fondo Solidario o becas podrán traspasarse al FES, y ahora se definió que habrá 80.000 cupos para los futuros estudiantes que ingresarán a la educación y quieran usar este instrumento. Estos cupos son más que la proyección de nuevos estudiantes, y el objetivo de esta medida es que el nuevo sistema sea sostenible fiscalmente.

II.    Condonación para los deudores de créditos CAE, Fondo Solidario y Corfo
Condonación inicial: Consiste en una condonación para todas las personas que adscriban al plan, definida según la situación en la que se encuentren y sobre la base de tres aspectos: a) condición académica (si egresó o interrumpió sus estudios); b) situación de pago (si está al día o en mora); c) el número de cuotas pagadas del crédito respecto al plazo total del mismo. La condición académica y la situación de pago definirán la condonación de base sobre la que, añadiendo la cantidad de cuotas pagadas respecto del total pactado, se calculará la condonación inicial. 

Condonación adicional por pago anticipado: En el plazo de 60 días hábiles desde su adhesión al Plan, las personas que así lo deseen podrán pagar el 75% de la deuda restante tras la condonación inicial, viéndose condonada el resto de la deuda.  

Condonación mensual (progresiva): Esta condonación aplicará sobre lo que quede por pagar una vez aplicada la condonación inicial. El monto de la cuota será de hasta el 8% del sueldo mensual, estableciendo un tramo exento de $500.000 mensuales (7,5 UTM) y no será nunca mayor a la cuota resultante luego de la aplicación de la condonación inicial.

Por otra parte, quienes ya saldaron su deuda CAE, independiente de los años transcurridos, tendrán derecho a un beneficio tributario que consiste en una rebaja del Impuesto Global Complementario o Impuesto de Segunda Categoría (rentas del trabajo) correspondiente a 4 UF anuales para personas egresadas y 6 UF anuales en caso de no haber terminado estudios. Este beneficio se extenderá por 20 años.