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Diario RVL

Entrevista

Catherine Ríos, Jefa de la Unidad Estudios de la Defensoría Regional de Valparaíso. Sobre la figura del Indulto Presidencial:

"Lo justo sería que los propios tribunales pudiesen analizar caso a caso las razones humanitarias"

14/10/2026
Catherine Ríos, Jefa de la Unidad Estudios de la Defensoría Regional de Valparaíso. Sobre la figura del Indulto Presidencial:

"Lo justo sería que los propios tribunales pudiesen analizar caso a caso las razones humanitarias"

14/10/2026

En Panorámica conversamos con Catherine Ríos, quien analizó la tensión institucional que genera la institución del indulto, a propósito del fallecimiento bajo custodia penal de Juan Aliste, exintegrante del Frente Lautaro que padecía un cáncer terminal y cuya familia había solicitado la gracia ejecutiva.

Según explicó la experta, la figura del indulto es una de las instituciones más antiguas para la extinción de la responsabilidad penal, pero genera un complejo dilema ético e institucional al permitir que el Poder Ejecutivo modifique el cumplimiento de sentencias dictadas de forma firme y ejecutoriada por el Poder Judicial. Esta tensión se agudiza ante las solicitudes por razones humanitarias, donde el principio de dignidad busca evitar que enfermos terminales mueran en prisión, enfrentándose al mismo tiempo a los estrictos marcos del derecho internacional respecto a condenados por delitos de lesa humanidad.

Al respecto, Ríos precisó que, mientras en los delitos comunes puede primar el principio de humanidad para otorgar la reclusión domiciliaria, en los casos de violaciones a los derechos humanos —como los de los reclusos en el penal de Punta Peuco— existen severas restricciones internacionales. Instrumentos como el Estatuto de Roma imponen condiciones indispensables de ponderación, tales como la cooperación efectiva con la justicia y el arrepentimiento formal del condenado. No obstante, la jurista advirtió que en la legislación chilena actual el Presidente mantiene la atribución de indultar, lo que eventualmente podría desencadenar contiendas legales o recursos ante la Corte Suprema por infracción a normativas internacionales de derechos humanos.

La especialista distinguió además entre el indulto particular y el indulto general. El indulto particular es una potestad discrecional directa del Presidente de la República que se evalúa caso a caso tras la elaboración de informes psicosociales de Gendarmería y la revisión del Ministerio de Justicia. En contraste, el indulto general requiere de un proceso legislativo y la aprobación del Congreso Nacional mediante ley, tal como ocurrió con la conmutación de penas para adultos mayores aprobada durante la pandemia de COVID-19. Asimismo, la profesional contrapuso la polarización de las causas políticas con precedentes de amplio consenso social, citando gracias otorgadas por distintos Gobiernos a mujeres condenadas por parricidio que actuaron bajo contextos severos de violencia intrafamiliar no ponderados debidamente en sus juicios orales.

Finalmente, Catherine Ríos visibilizó la burocracia del sistema administrativo, señalando que las extensas tramitaciones provocan frecuentemente que personas con enfermedades irreversibles mueran en la cárcel antes de obtener una resolución. Frente a este estancamiento y a la constante politización de la facultad presidencial, Ríos planteó la necesidad de despolitizar la figura, proponiendo una regulación legal para que la facultad de conmutar penas por razones humanitarias sea transferida directamente al Poder Judicial. De este modo, serían los propios tribunales de la República quienes evalúen técnicamente la sustitución por reclusión domiciliaria mediante el control de convencionalidad o acciones de amparo, garantizando un marco objetivo, proporcional y apego a los derechos fundamentales.