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Diario RVL

Entrevista

Javier Rojas-Mery académico de Derecho Procesal Penal de la Universidad de Valparaíso sobre el proyecto de Ley Antifiltraciones:

"Abarca un tema interesante, pero es un mal proyecto en los términos en que va ahora encaminado"

02/10/2026
Javier Rojas-Mery académico de Derecho Procesal Penal de la Universidad de Valparaíso sobre el proyecto de Ley Antifiltraciones:

"Abarca un tema interesante, pero es un mal proyecto en los términos en que va ahora encaminado"

2/10/2026

En Panorámica conversamos con Javier Rojas-Mery Arcos, académico de Derecho Procesal Penal de la Universidad de Valparaíso, quien analizó el alcance del proyecto de ley antifiltraciones, conocido mediáticamente como «Ley Mordaza 2.0». La propuesta surge como respuesta al problema objetivo de la divulgación recurrente de piezas y antecedentes reservados en causas llevadas por el Ministerio Público.

El académico calificó como «trascendente y determinante para el Estado democrático» la labor periodística responsable que fiscaliza el poder y la probidad antes de la intervención judicial. Sostiene que el proyecto, en su origen, no busca frenar esta fase. Sin embargo, advierte que publicar antecedentes de causas vigentes conlleva dos graves perjuicios: por un lado, se vulnera la presunción de inocencia, exponiendo al imputado a una estigmatización o «muerte social» inmediata a través de medios y redes sociales, con efectos irreversibles aun si la persona resulta absuelta en un juicio; y por otro, puede frustrar la investigación penal debido a la revelación anticipada de peritajes o diligencias, lo que podría permitir a los involucrados ocultar evidencia o acomodar sus testimonios.

Una vez establecida la necesidad de buscar una forma de regular las filtraciones frente a una investigación judicial, Rojas-Mery calificó el proyecto de ley como una propuesta con serias deficiencias de técnica legislativa. En este sentido, advierte que las palabras «están pésimamente utilizadas» y que existen fallas de redacción que van desde imprecisiones normativas hasta detalles de puntuación (uso de puntos y comas) que alteran el sentido de las modificaciones propuestas al Código Penal y al Código Procesal Penal.

Denuncia la inclusión de causales sumamente vagas y abiertas para decretar la reserva de las causas, tales como la alteración del «orden institucional» o el peligro para la «seguridad pública», conceptos que exigen una interpretación intelectual forzada y abren espacio al arbitrio.

El académico critica también que la norma sancione la divulgación de antecedentes «así a secas», sin exigir un dolo específico. Señala que, técnicamente, la figura debió incorporar exigencias como actuar «maliciosamente» o con el fin explícito de denostar la honra, de modo que se persiga la intención dañina y no el flujo de información periodística. También advierte que sancionar a quien entrega datos cercena la cadena informativa y termina por acallar fuentes fundamentales para el periodismo de investigación.

Finalmente, Rojas-Mery explica que el texto refleja un problema recurrente en el proceso legislativo chileno, donde la premura y la oportunidad política terminan produciendo normas contradictorias, defectuosas o difíciles de aplicar en la práctica.