Supremazo: justicia absuelve a ejecutivos de ENAP condenados en caso crudo iraní
La Corte Suprema en fallo dividido de 3 a 2 dejó libres de cualquier responsabilidad a los ex ejecutivos de ENAP involucrados en el caso denominado "crudo iraní" y determinó total inocencia para las personas acusadas Edmundo Piraíno Suez, Juan Pablo Rhodes Valenzuela y Carlos Andrés Lizana Guerrero.
El fallo señala que el petróleo iraní, el ácido sulfídrico y las aguas involucradas en los hechos son elementos que se encuentran de manera natural en el ambiente; además de que las actividades desarrolladas por ENAP "no constituyen tráfico ilícito de residuos peligrosos". El fallo ahonda en que no se cumplen los requisitos del tipo penal para dar por cometido el ilícito, además de una participación culpable en los mismos.
Los ejecutivos en las instancias anteriores fueron condenados a 50 días de prisión en su grado máximo, más la pena accesoria de suspensión para ejercer cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena. La fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena, señaló que les cabía la certeza que el crudo procedente del buque Monte Toledo, transportados por ENAP, fue la causa de las intoxicaciones en Quintero y Puchuncaví.
El caso corresponde a una investigación que vincula un episodio de contaminación en Talcahuano, registrado el 4 de agosto, con la crisis ambiental que afectó a los habitantes de Quintero y Puchuncaví, desde el 21 de agosto. Aquel día, según dio cuenta RVL, el buque tanquero Monte Toledo realizó un trasvasije de crudo proveniente de Irán al buque Cabo Victoria, perteneciente a ENAP.
El nexo estaría en que este último buque, luego de recibir la descarga de un petróleo con altas concentraciones de ácido sulfhídrico, viajó posteriormente hasta Quintero.
Según se informó en esos días, en esas horas se registró una emergencia en Talcahuano que obligó a evacuar el Mall Plaza El Trébol y la Clínica Bío Bío, a raíz de una emanación desconocida y días después ocurrieron las intoxicaciones en Quintero.