La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, concluyó con la votación de las indicaciones presentadas al proyecto que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de espacios de habitabilidad de embarcaciones pesqueras artesanales y embarcaciones menores prestadoras de servicios a la acuicultura.
Entre los aspectos que fueron aprobados por la instancia especializada, están la reposición de la definición de embarcación artesanal, dejando claro la eslora máxima no puede ser superior a 18 metros y 80 metros cúbicos de capacidad de bodega (manteniendo lo descrito en la LGP), garantizando la seguridad y el que no hay aumento del esfuerzo pesquero.
Además, prosigue el inciso, las embarcaciones pesqueras con espacios cerrados deberán contar con áreas destinadas única y exclusivamente a la habitabilidad y bienestar de la dotación, es decir, cocina, comedor, camarotes, puente, baños y salas de descanso, que dé garantías de seguridad y navegabilidad, conforme las condiciones que fije el reglamento. Para este último punto se acordó rebajar el plazo propuesto, de 1 año, a 6 meses para contar con un reglamento.
Ahora, una vez que el respetivo informe sea despachado, el texto legal podrá ser analizado por el hemiciclo.