Core Marcela Varas (PPD) señala que renuncia de Enjoy genera incertidumbre en Viña del Mar
Un afectación de casi el 25% del presupuesto municipal de Viña del Mar e incertidumbre presupuestaria para obras de adelanto, necesarias para una ciudad que necesita completar el proceso de reconstrucción.
Este es el impacto a la ciudad que estima la consejera regional PPD Marcela Varas, ex concejala de Viña del Mar, el hecho que el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego autorizara la solicitud de renuncia del permiso de operación presentada por la sociedad Casino del Mar (Viña del Mar), conforme con lo establecido en el inciso 4 del artículo 46 bis, del Decreto Supremo N°1722, de 2015, del Ministerio de Hacienda.
La concejera regional recuerda que, el impacto de esta resolución golpea directamente a una de las metas que tiene esta recaudación, que significa la planificación de los presupuestos municipales, entrando en un escenario de incertidumbre, respecto de una empresa que ya había dado signos de debilidad. Señala que el efecto es muy perjudicial para la ciudad, debido al potencial destino de los dineros que quedan en duda.
La subsecretaria de Hacienda y presidenta de este órgano colegiado, Heidi Berner; la subsecretaria de Turismo, Verónica Pardo; y la presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero, Solange Berstein, votaron a favor de este requerimiento. El gobernador de la Región de Valparaíso, Rodrigo Mundaca votó en contra y la subsecretaria de Desarrollo Regional, Francisca Perales, se abstuvo.
A partir de esta autorización, se deberá iniciar un nuevo proceso de licitación para la comuna de Viña del Mar. Para tales efectos, el Consejo Resolutivo de la Superintendencia, previa proposición de ésta determinará las condiciones especiales para el otorgamiento del permiso de operación, que considerarán, entre otras, una oferta económica mínima garantizada, la construcción o ampliación de la infraestructura turística de la comuna y el porcentaje de las personas que trabajan en el casino de juego que continuarán prestando servicios. La propuesta que formule la Superintendencia deberá efectuarse previa audiencia con la municipalidad.
Según el citado artículo 46 bis, ni la sociedad operadora renunciante ni su grupo empresarial (en los términos del art. 96 de la Ley N°18.045) podrán volver a postular al cupo al que se renuncia.