Incendios: los argumentos de la Justicia para dar prisión preventiva a los dos detenidos
El Juzgado de Garantía de Valparaíso decretó hoy –sábado 25 de mayo– la medida cautelar de prisión preventiva a Franco Antonio Pinto Orellana y Francisco Ignacio Mondaca Mella, imputados en calidad de autores del delito consumado de incendio con resultado de muerte, además de porte de elementos pirotécnicos sin autorización, en el caso de Mondaca. Ilícitos perpetrados en febrero pasado en el complejo Las Tablas, de la Reserva Nacional Lago Peñuelas, y que afectó a extensos sectores de Viña del Mar y Quilpué.
En la audiencia de formalización, la magistrada Jeanette Oliva Canales estimó que “se han entregado antecedentes suficientes, se ha podido reconocer la existencia de un hecho que afectó a todos los ciudadanos y que no era un hecho casual, no fue tampoco un hecho de la naturaleza (...), sino que acá este hecho se provocó por personas que están ahora detenidas (...)”.
Además, agregó que la investigación fiscal hasta ahora en curso ha sido “muy prolija, ya que ha dado con dos personas involucradas en los hechos, hay vecinos que vieron y una persona qué filma una humareda con fuego, que es el foco número uno, (...) estas personas toman resguardo y control de la situación porque están habituados a esas condiciones en ese sector y es por ello que están atentos. (...) Lo llamativo de este acontecimiento es que casi simultáneamente se provocaron cuatro focos utilizando el mismo mecanismo, y en uno de ellos se encontró un manojo de fósforos y cigarrillos que coincide con lo exhibido acá (...)”, puntualizó respecto a la forma de comisión del delito.
“(...) La pregunta que me hago es cómo es posible que dadas las condiciones atmosféricas y una alerta nacional por las altas temperaturas que sobrepasaron los 30 grados y, además, considerando la gran cantidad de vegetación, no se haya podido evitar la propagación. Se pudieron contener dos focos de fuego y otros dos no, y ocurrió lo que todos conocemos (...). A modo de ver, acá se trata de conductas que tienen un fin común, me parece que se crean cuatro focos simultáneamente para que al menos uno de ellos consiga la quema que se pretende (...)”, consignó la jueza.
La magistrada Oliva consideró a la hora de su resolución, que ambos imputados manejaban información relevante sobre las condiciones para el desarrollo de un incendio, debido a los cargos que ambos ocupaban en Conaf y Bomberos, respectivamente. “Las máximas de la experiencia nos han enseñado que claramente provocar un incendio dentro de la reserva o zonas adyacentes, puede provocar una situación que se haga incontrolable para las autoridades y las instituciones que combaten el incendio (...). Más aún, cuando parte de las brigadas de Conaf estaban en otra zona apoyando el combate al fuego, y eso hizo que se propagara rápidamente con las consecuencias que todos sabemos, muchas muertes, personas desaparecidas, problemas de asfixia, no puede más que darle un carácter de doloso, porque acá hubo un concierto entre ambos porque acordaron que el día 2 era la fecha más propicia para provocar este incendio (...)”, añadió.
“Los delitos son de la máxima gravedad, no solo por el daño a la vegetación y las cosas, sino que resultaron en la muerte de 137 personas, muchas personas lesionadas, muchas familias destruídas (...). Estas conductas han violentado la convivencia social, porque han provocado la condición de vulnerabilidad para muchas personas que perdieron todo (...)”, relató, por lo que consideró la libertad de ambos imputados como peligrosa para la seguridad de la sociedad, por las altas penas que arriesgan.
Para esta causa, además, se presentaron querellas por parte del Consejo de Defensa del Estado (CDE), las municipalidades de Viña del Mar y Valparaíso, de la Delegación Presidencial Regional Valparaíso, por la industria Sociedad Recuperadora de Papel S.A. (Sorepa), y una por parte de familiares de víctimas fatales del incendio.
Finalmente, ordenó el ingreso de ambos imputados al Centro de Detención Preventiva Santiago 1 y fijó el plazo para la investigación de esta causa en 180 días.