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Segundo Tribunal Ambiental recibió alegatos de las partes en conflicto por edificio en Urmeneta

07/04/2022
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Esta mañana se realizaron los alegatos en el Segundo Tribunal Ambiental, ubicado en la Región Metropolitana, acerca del conflicto suscitado por un mega proyecto inmobiliario en Limache.

La causa se relaciona con el debate para que la Super Intendencia de Medio Ambiente (SMA) declare que el proyecto Edificio Urmeneta, del grupo San Isidro, se someta a evaluación ambiental, previa a su eventual autorización para construir en la tradicional avenida de la ciudad.

El reclamante, Gastón Soublette, solicita al tribunal dejar nula la resolución de la Super Intendencia del Medio Ambiente, que archivó la denuncia. Alega, entre otros aspectos, que la SMA se arrogó facultades privativas del SEA, al resolver que el proyecto no debía ingresar al SEIA.

Esto en el marco de la demanada de la comunidad organizada, que sostiene que el casco histórico de la ciudad, en proceso de declaración de zona típica y, pronto a ser declarado como área de restricción de construcciones por el nuevo plano regulador de la ciudad, corresponde a un área bajo protección oficial del Estado.

A su vez, emplazándose la comuna de Limache en la Reserva de la Biosfera de La Campana y Peñuelas, toda intervención debe ser evaluada, además, mediante Estudio de Impacto Ambiental.

Juan Molina, abogado de la causa, expuso esta situación en sus argumentos, señalando que la propuesta de inversión atenta con un acuerdo de la comunidad para que el sector en conflicto se mantuviera como área libre de construcción.

Molina señala que este tipo se situaciones ocurren “por una aplicación ilegal e inconstitucional del reglamento del SEA, han quedado abandonadas a su suerte, perdiéndose o pudiendo perderse, el escaso patrimonio arquitectónico y ambiental que, aún, subsiste en el país”, finalizó.

El abogado de la parte reclamada, Juan Montero, argumentó que la justicia ha considerado como critero, establecer áreas para poder establecer estos gravámenes, lejos de tomar un concepto de proximidad a estos sectores protegidos.

La parte reclamante señala que si prosperan sus arguemnto, se podrán establecer protecciones en todas aquellas ciudades que aún no han actualizado sus planos reguladores.