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Los argumentos de la Corte de Apelaciones para no considerar delito falsificar un permiso

09/05/2021
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La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió que falsificar los permisos de desplazamientos que otorga la Comisaría Virtual no es considerado un delito. 

La determinación de la Corte surge al apelar de la decisión tomada por el Juzgado de Garantía de Quillota, la que imputaba a una mujer por los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público, por modificar un permiso de desplazamiento.

El argumento expuesto en el fallo señala "Que el documento de que se trata es de naturaleza digital o virtual, y eso no está en duda y fue así reconocido ante estrados por el representante del Ministerio Público. Siendo así, ese documento no puede ser considerado instrumento público si no cuenta con firma electrónica avanzada, por expresa disposición del artículo 7 de la Ley 19.799. norma que en modo alguno se puede soslayar. La distinción que ante estrados ha planteado el representante de la Fiscalía, entre documentos virtuales y electrónicos carece de todo sustento. Los documentos son, o bien materiales, o bien virtuales, y los virtuales son obviamente electrónicos. La ley no hace esa distinción y no se advierte cuál pueda ser su base", apuntando a las características del documento y la tipología de instrumento público.

Según la resolución, "El documento de que aquí se trata no es público, pues es pacífico que carece de firma electrónica avanzada, y por ende, como no se ha imputado siquiera de manera potencial la producción de un perjuicio patrimonial en contra de nadie, es de toda evidencia que el hecho por el cual se ha formalizado a la imputada es atípico respecto de las figuras de los artículos 193, 194 y 196 del Código Penal, por lo que debe decretarse de inmediato el sobreseimiento definitivo y parcial, que la defensa ha reclamado". De este modo, la firma electrónica determina que el caso no se ajuste al tipo penal, como señala el acta de la audiencia realizada el pasado 5 de mayo.

La audiencia fue en la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, presidida por el ministro titular Raúl Mera, integrada por la ministra Inés María Letelier Ferrada y la ministra suplente Ingrid Alvial Figueroa.