Con la unanimidad de 128 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó las modificaciones propuestas por el Senado al mensaje que establece normas sobre composición, etiquetado y comercialización de fertilizantes y bioestimulantes (boletín 12.233).
De acuerdo al informe de la Comisión de Agricultura, que rindió la diputada Patricia Rubio (PPD), una de las principales enmiendas respecto del texto aprobado por la Cámara en el primer trámite constitucional, el 26 de septiembre de 2019, es la incorporación de los bioestimulantes.
Esta ley establece disposiciones sobre parámetros de calidad, composición, clasificación, envasado, declaración, etiquetado y trazabilidad, aplicables a la fabricación, formulación, producción, comercialización, tenencia, importación y exportación de fertilizantes y bioestimulantes.
Las disposiciones y definiciones técnicas necesarias para su implementación serán establecidas por un reglamento dictado por el Ministerio de Agricultura que, además, contemplará disposiciones relativas a la clasificación y requisitos que deberán cumplir los fabricantes, formuladores, productores, comercializadores, envasadores, tenedores, importadores y exportadores de fertilizantes y de bioestimulantes.
Respecto de los bioestimulantes (en reemplazo de los biofertilizantes aprobados por la Cámara), se los define como la sustancia o mezcla de sustancias o microorganismos, aplicables a semillas, plantas o rizósfera (zona de interacción única y dinámica entre raíces de plantas y microorganismos del suelo), que estimulan los procesos naturales de nutrición de las plantas.
Por comercializador o distribuidor se entiende a toda persona natural o jurídica que vende o distribuye fertilizantes y bioestimulantes sin modificar las características del producto.
Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados.