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Caso Secta de Colliguay a Corte de Apelaciones, defensor regional "sorprendido" por prisiones efectivas

06/03/2017
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Cinco años de presidio para Natalia Guerra y Pablo Undurraga, por homicidio calificado en grado de consumado en calidad de autores, dictaminó la sentencia en el caso Secta de Colliguay. Los otros cinco procesados, considerados como encubridores, tuvieron una condena de tres años de libertad vigilada intensiva.

Uno de los principales fundamentos que entregó la jueza del Juzgado de Garantía de Quilpué Deisy Machuca fue que los condenados estaban plenamente conscientes de lo que hacían, desestimando así los informes psiquiátricos que buscaban establecer una imputabilidad reducida.

La jueza fue implacable al considerar no vinculantes los 19 informes psiquiátricos, que coincidían en esgrimir el delirio místico compartido como causante de las conductas y poner en duda el temor hacia Antares de la Luz, Ramón Castillo, el líder de la secta. La magistrado señaló que él nunca asesinó a otra persona ni poseía armas que explicaran la dominación ejercida sobre la voluntad del resto de los integrantes de la secta, quienes tenían libertad para moverse, comunicarse e incluso ir de vacaciones. El Tribunal comparó lo ocurrido con las violaciones a los derechos humanos perpetradas en Colonia Dignidad y en la Dictadura Militar, estimando que no eran situaciones homologables.

El fiscal a cargo del caso, Juan Emilio Gatica, manifestó su conformidad de acuerdo a lo que habían solicitado, considerando que se trató de un procedimiento abreviado, lo que implica penas más bajas a las de un juicio oral.

Menos satisfecho se mostró el abogado Javier Arévalo, defensor de Pablo Undurraga, condenado como autor.

El representante legal se mostró sorprendido de que no se hubieran considerado los informes periciales psiquiátricos. No obstante, el caso no está cerrado.

La sentencia es apelable, habiendo plazo para ello hasta este sábado 11 de marzo, por lo que el defensor regional, Claudio Pérez, representante de la madre del lactante, Natalia Guerra, ya anunció que será esa la acción a seguir.

A la condena de presidio para los autores, se descontará el tiempo que ya pasaron privados de libertad, que en el caso de Natalia Guerra, es de 1 año 8 meses. Los condenados como encubridores a tres años de presidio menor en su grado medio no tuvieron la pena sustitutiva de remisión que esperaban, pero sí de libertad vigilada intensiva: no estarán en la cárcel pero no podrán salir del país, tendrán que firmar periódicamente y participar de cursos y programas de reinserción social, además de permanecer ocho horas diarias continuas en sus hogares.

Según el defensor regional, el plazo para saber si la Corte de Apelaciones de Valparaíso acoge los recursos que presentarán es de aproximadamente dos semanas.