Libertad de adultos mayores: "No es impunidad, es profundamente humanitario"
Un debate se ha instalado por un proyecto de ley de iniciativa presentada por senadores de Chile Vamos y que ya fue aprobada en general por la Comisión de Derechos Humanos del Senado, propone la cancelación de la pena o su cumplimiento bajo reclusión domiciliaria total para condenados con enfermedades graves o mayores de cierta edad. Ese rango se ha planteado en los 70 u 80 años.
Sin embargo, la propuesta genera un firme rechazo del Gobierno y el oficialismo, al no excluir explícitamente a condenados por delitos de lesa humanidad y crímenes sexuales contra menores.
Conversamos personalmente con uno de sus impulsores, el senador de RN Francisco Chahuán, acerca de sus argumentos para defender la idea.
- ¿Qué discusión usted cree que debería tener el Parlamento a la hora de votarlo y analizar el proyecto?
- A ver, no me cabe la menor duda que este es un proyecto que lo presentamos y que recoge la inspiración en un proyecto iniciado en su momento por Juan Bustos, por Jorge Burgos y también por Patricio Hales, como también otro proyecto que presentamos junto con destacados líderes de distintos sectores políticos. En la Cámara de Diputados en su momento. Busca establecer cumplimiento alternativo. Este este proyecto no es impunidad. No es impunidad. Este proyecto tampoco vulnera la memoria ni tampoco el principio de no repetición. Y esto lo quiero dejar muy en claro como presidente de la Comisión de Derechos Humanos. Para mí este es un tema esencial, que el cumplimiento sea efectivo. A tal punto que en la legislación chilena no estaba regulado la reclusión domiciliaria total, la definimos para efectivamente la privación de libertad nos aseguremos que sea 24-7, pero lo que hemos dicho es que habiendo recorrido los distintos establecimientos penales del país, con la sobrepoblación penal, con las condiciones en que se encuentran y estoy hablando de presos comunes mayores de edad, o sea, por ejemplo, privados de libertad de 93 años que no saben dónde están, que no tienen acceso a salud oportuna en el hospital penitenciario o que hubo negligencias médicas que nadie ha investigado, donde a una persona recluida de más de 90 años le pusieron gotas para los oídos en los ojos y lo dejaron ciegos y esa negligencia médica no está siendo investigada por nadie, desde eso hasta enfermos terminales. Entonces, lo que nosotros hemos dicho, teniendo en cuenta la Convención Interamericana de Derechos Humanos de Personas Mayores que obliga a modificar los reglamentos penitenciarios, en la ex penitenciaría, la orina corre por debajo del lugar abierto, por debajo del lugar donde las personas consumen alimentos, Los urinarios están abiertos, no hay privacidad. Las personas no tienen controles de esfínter, se tiene que cambiar pañales unos a otros. Estamos hablando personas sobre 85, 90 años. Por una condición humanitaria, el cumplimiento íntegro de la pena con todas las medidas de resguardo que implica reclusión total con tobillera, electrónica, efectivamente es una solución de carácter humanitario.
- En los estándares internacionales se habla de este tipo de materias, cuando, por ejemplo, las personas cooperan en las causas de delitos de lesa humanidad, cuando hay arrepentimiento, se entrega información, eso también es una consideración jurídica cuando se trata de esto, de qué manera se puede abordar o no el tema en el proyecto pensando que esto todavía está en debate.
- Por supuesto que es un tema que está abierto, que que va a ser objeto de indicaciones en la Cámara y en el Senado. Nosotros hemos dicho ciertamente que el cumplimiento alternativo es vital. Desde la Comisión de Derechos Humanos, yo he sido uno de los principales impulsores de fortalecimiento del plan de búsqueda de proyectos que impliquen la declaración de desaparición forzada, de establecer herramienta para que la memoria efectivamente esté consagrada a través de la debida consagración de los sitios de memoria y no limitada a un espacio temporal de tiempo, sino que todos los sitios de memoria, porque Chile se ha construido, lamentablemente a sangre y fuego, en las matanzas de Santa María, la matanza de la carne, la matanza de El Mercurio del Valparaíso, podría enumerarle y he escrito un libro sobre la materia, decenas de hechos de sangre en Chile con las cuales se construyó la historia, la matanza del seguro obrero. Entonces eso es un tema, una cosa distinta es el cumplimiento alternativo y lo que establecen las legislaciones que han avanzado sobre la materia, que son muchísimas y que están citadas en el propio proyecto, efectivamente, es decir, el cumplimiento alternativo es un cumplimiento que hice relación con razones humanitarias. Por supuesto que nosotros vemos muchos esfuerzos de la Comisión de Derechos Humanos para que se entreguen todas las informaciones necesarias que en definitiva se puedan encontrar todos los cuerpos de las personas desaparecidas, que es un hecho doloroso para el país, pero ciertamente el cumplimiento alternativo, este proyecto en particular dice relación una cuestión específica.
- En el texto, la categoría para esto es solamente por la edad...
- Así es. Edad y condición de salud. Estamos hablando de cerca de 2500 personas.
- ¿No se pueden incorporar como requerimiento algunos aspectos si la persona fue condenada por delitos de lesa humanidad?
- son parte de de las consideraciones que tendrá que hacer el parlamento en sus dos trámites legislativos que quedan.
- Ya, pero si en algún momento se busca viabilizar el proyecto y se coloca esto, que las personas cooperen con información o sus familias cooperen con información
- Yo creo que siempre está el tema es que un tema complejo, porque acá tenemos en en qué términos porque tenemos dos sistemas procesales distintos. Y por tanto las garantías procesales del sistema antiguo y del sistema nuevo son absolutamente distintas. Por tanto, hay personas que sostienen que son inocentes, no estoy hablando de los casos emblemáticos, estoy hablando de personas que eran conscriptos, que no tenían idea de lo que ocurrió y que hoy día están siendo procesados por porque había presunción fundada de acuerdo al antiguo sistema procesal penal. Entonces, lo que se requiere básicamente es buscar alternativa, por supuesto, siempre para que haya verdad, justicia, no impunidad, memoria y un principio de no repetición. Y que en definitiva esto no implique revictimizar a las víctimas y no implique peligro para las familiares de las víctimas ni peligro para la seguridad de la sociedad. Ese es el principio. Entonces, ¿cómo buscamos compatibilizarlo? Es parte de lo que tiene que ocurrir durante la discusión del proyecto, y acá todos los parlamentarios pueden hacer indicaciones al proyecto y tendrá que pasar por ambas cámaras y hay que buscar equilibrios. Y eso es parte de la lógica legislativa. Yo lamento tener que irme el 10 de marzo y no continuar con este proyecto liderándolo, pero ciertamente creo que hay que seguir aportando para que esto sea una legislación que logre finalmente entender que el cumplimiento alternativo es una solución de carácter profundamente humanitario.