Skip to main content

Ministro Arancibia decreta prisión preventiva para trece exuniformados por secuestro de una niña durante la dictadura

19/07/2016
Comparte

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, sometió a proceso y decretó la  prisión preventiva para 13 ex uniformados –dos de Carabineros y once miembros en retiro de la Armada-, por el delito de secuestro de Viviana Victoria Fernández.

En la resolución (causa rol 144.137-2013) encausó a Gilda Mercedes Ulloa Valle, Alejo Esparza Martínez, Juan de Dios Reyes Basaur, Enrique Orlando Corrales Díaz, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Bertalino Segundo Castillo Soto, Eduardo Mauricio Núñez Contreras, Jaime Erik Riesle Wetherby, Héctor Nelson Tapia Olivares, Juan Orlando Jorquera Terrazas, Ángel Segundo Lorca Fuenzalida y Marcelo Alejandro Onofre Vargas Goas, en calidad de autores del delito de secuestro de Viviana Victoria Fernández Montenegro.

De acuerdo a los antecedentes, los hechos se registraron la segunda quincena de febrero del año 1974, "en razón de las ideas políticas que profesaba, como asimismo su familia, fue detenida en su domicilio del Cerro Florida de Valparaíso Viviana Victoria Fernández Montenegro, quien tenía a esa fecha 14 años de edad. Fue llevada al Cuartel Silva Palma, aledaño a la Academia de Guerra Naval, mismo lugar al que fueron llevadas su hermana Morelia del Rosario Fernández Montenegro y su madre, Emma Mercedes Montenegro Mena, detenciones realizadas por efectivos de la Armada y Carabineros de esta ciudad sin orden de tribunal competente”.

Continúa la resolución: “Siendo interrogada la víctima, como asimismo sus familiares ya indicados, respecto de las actividades políticas que realizaban y sobre la existencia de supuestas armas o depósitos de ellas que se encontrarían escondidas, interrogatorios en donde fueron abusadas sexualmente, recibiendo además golpes, insultos, amenazas de muerte y aplicación de corriente en sus partes íntimas, tobillos y dedos de manos, siendo posteriormente dejada la víctima en libertad después de una semana aproximadamente, pero firmando semanalmente en un retén de Carabineros del Cerro Alegre por un año, sin que se incoara en su contra proceso judicial alguno, tanto del fuero militar como del ordinario".

Los procesados, una vez notificados del auto de procesamiento, deben ser conducidos a los recintos que Carabineros designe, para cumplir con la prisión preventiva.